Según la Ley 41/2002, un paciente mayor de 16 años con capacidad de obrar puede rechazar cualquier tratamiento, incluidos los que puedan salvarle la vida. El equipo sanitario debe:
- informarle de las consecuencias
- documentar el rechazo en la historia clínica
- pedir consentimiento informado por escrito del rechazo
- y no puede actuar en contra de la voluntad del paciente
Este es uno de los dilemas éticos más preguntados.